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Reagrupación familiar en Huelva

Si vives legalmente en España, puedes pedir que tu familia venga a vivir contigo. Te explicamos a quién puedes reagrupar, qué requisitos debes cumplir y preparamos el expediente completo.

¿A quién puedes reagrupar?

  • A tu cónyuge o a tu pareja, registrada o con relación estable acreditada.
  • A tus hijos menores de edad o con discapacidad, y a los de tu cónyuge o pareja.
  • A tus padres o a los de tu cónyuge cuando estén a tu cargo; normalmente se exige que tengas residencia de larga duración.

Requisitos principales

  • Haber residido legalmente en España al menos un año y tener autorización para residir otro año más.
  • Disponer de medios económicos suficientes para mantener a la familia.
  • Tener una vivienda adecuada, acreditada con el informe de vivienda correspondiente.
  • Contar con asistencia sanitaria para los familiares reagrupados.

Cómo es el proceso

  • Presentas la solicitud de reagrupación en España.
  • Si se concede, tus familiares piden el visado en el consulado español de su país.
  • Ya en España, solicitan su tarjeta de identidad de extranjero (TIE).

Cómo te ayudamos

  • Revisamos si tus ingresos llegan al mínimo exigido para tu familia.
  • Te orientamos con el informe de vivienda y hacemos la traducción jurada de actas de nacimiento y matrimonio.
  • Preparamos y presentamos la solicitud y te guiamos en el visado.

Información orientativa según la normativa vigente. Cada caso es distinto: escríbenos y lo estudiamos contigo.

Preguntas frecuentes sobre reagrupación familiar

Respuestas rápidas y orientativas. Si tu caso es distinto, escríbenos.

¿Cuánto tiempo debo llevar en España para reagrupar a mi familia?

Con carácter general, un año de residencia legal y tener autorizada la residencia por al menos otro año. Para reagrupar a los padres suele exigirse la residencia de larga duración.

¿Qué ingresos necesito para la reagrupación familiar?

La cantidad depende del número de personas de la familia y se calcula a partir del IPREM. Revisamos tus nóminas o ingresos y te decimos si llegas al mínimo.

¿Mis familiares podrán trabajar en España?

En general sí: el cónyuge o pareja y los hijos en edad de trabajar pueden hacerlo con la autorización de residencia por reagrupación familiar.

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